Moción presentada al pleno de noviembre de 2017, para el desarrollo y ejecución de un Plan de Accesibilidad Universal

Esta moción fue la segunda elaborada por el Círculo PODEMOS de Collado Villalba para que la elevara Cambiemos Villalba al pleno, como parte de un acuerdo de colaboración entre ambas entidades.

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Constitución, en su artículo 14, reconoce la igualdad ante la Ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna. Su artículo 9.2 también establece que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitando su participación en la vida política, cultural y social. Además, el artículo 10 de nuestra ley fundamental establece la dignidad de la persona como fundamento del orden político y de la paz social. Asimismo, en su artículo 49 se refiere a las personas con discapacidad, ordenando a los poderes públicos que les presten la atención especializada que requieran y un amparo especial para el disfrute de sus derechos.

Por su parte, el artículo 9 de la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad de 2006 establece que: “A fin de que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso a las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con los demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales”.

El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, entornos, bienes y servicios, recoge en la disposición adicional tercera los plazos establecidos para la exigibilidad de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de los entornos, bienes y servicios. Entre ellos menciona el 4 de diciembre de 2017 como fecha límite para las edificaciones y espacios públicos urbanizados existentes.

Por tanto, existe un mandato legislativo por el cual debe garantizarse el acceso y utilización de las edificaciones y espacios públicos urbanizados en condiciones de accesibilidad y no discriminación. La accesibilidad urbana engloba todos los elementos que podemos encontrar al salir de casa, el mobiliario urbano o público. Por accesibilidad urbana se entiende rampas, pasos de cebra rebajados, así como señales que puedan percibir personas con diversos tipos de diversidades (semáforos sonoros para personas con visión reducida, carteles significativos para personas con problemas auditivos, o señales claras para que puedan ser fácilmente comprendidas por personas con diversidad intelectual).
En Collado Villalba muchos de nuestros barrios presentan graves defectos que dificultan la movilidad en la ciudad, ya sea a personas con diversidad funcional, personas mayores, familias con menores, o vecinas y vecinos que temporalmente están en una situación de movilidad reducida. Esta falta de accesibilidad en ciertos barrios o incluso en edificios municipales como la Casa de Cultura o las instalaciones deportivas municipales, supone una limitación en derechos fundamentales como el derecho a la cultura, al deporte y al transporte público. Asimismo, supone un incumplimiento de las obligaciones de abundante legislación autonómica y estatal, como  la Ley del Deporte de la Comunidad de Madrid (artículos 2-i y 71-f), el Decreto 13/2007, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba el Reglamento Técnico de desarrollo en materia promoción de la Accesibilidad y Supresión de barreras arquitectónicas, y las que había establecido la ya derogada Ley 49/2007 de 26 de diciembre, por la que se establecía el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
A día de hoy, nuestro municipio, de forma incomprensible y a pesar de que el pleno ha aprobado sendas mociones sobre esta cuestión –presentadas por los grupos municipales de IU, en 2015, y PSOE en mayo de este mismo año– no ha desarrollado un plan de accesibilidad, un diagnóstico de los barrios y zonas, ni acometido las obras necesarias para cumplir con la legislación y evitar las fuertes sanciones que deberemos afrontar.
Entendemos que nuestro municipio, precisa de un diagnóstico de necesidades y prioridades, junto con un plan de acción que le lleve a cumplir con la ley y que permita ser considerado como municipio universalmente accesible, facilitando la vida a nuestros vecinos con diversidades funcionales, sensoriales o intelectuales.
Por todo ello, y en aras al cumplimiento de la legislación fundamentada, el Grupo Municipal Cambiemos Villalba a petición de PODEMOS Collado Villalba, presenta la siguientes acuerdos para que sean sometidos a la consideración y aprobación del Pleno los siguientes

ACUERDOS

  1. Crear un grupo de trabajo compuesto por técnicos, representantes de asociaciones de los sectores de la población afectados, personas expertas en los diferentes tipos de accesibilidad, representantes de los distintos grupos municipales, representantes sindicales, representantes de áreas de igualdad de los partidos políticos y cuantos resulten precisos para identificar las deficiencias de accesibilidad existentes en los espacios públicos municipales y las normas municipales que deban ser adaptadas a la legislación vigente.
  2. Solicitar a la Comunidad de Madrid, dada la actual situación económica y financiera de nuestro municipio, los fondos necesarios para la adaptación del municipio a la legislación vigente, acometiendo las obras que sean necesarias.
  3. Modificar la normativa municipal correspondiente, actualizándola con los nuevos criterios legislativos tanto europeos como estatales, acorde a la normativa vigente, y muy especialmente conforme a lo que mandata la Convención Internacional de los derechos de las personas con discapacidad, que tenga en cuenta la accesibilidad y supresión de todas las barreras arquitectónicas en nuestro municipio.
  4. Desarrollar un plan municipal de accesibilidad con la colaboración de los colectivos afectados, plurianual, con comienzo de cumplimiento de objetivos en 2017 de aquellos parámetros de movilidad, comunicación y comprensión básicos que afecte a todos los bienes, servicios, inmuebles, transportes, edificios, enseres, etc., municipales, con dotación presupuestaria anual en función de actuaciones planificadas y dotando una provisión para situaciones de emergencia. El grupo de trabajo creado por el acuerdo 1 dará seguimiento a este plan para garantizar su cumplimiento efectivo.
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