CÓDIGO ÉTICO DE LAS/OS CANDIDATAS/OS, CARGOS ELECTOS Y DE LIBRE DESIGNACIÓN DE LA CANDIDATURA DE UNIDAD POPULAR DE COLLADO VILLALBA “CAMBIEMOS VILLALBA”
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Introducción: “Gobernar obedeciendo a la ciudadanía”
El presente documento es un código de prácticas y acciones concretas de obligatorio cumplimiento para las personas que desempeñen cargos electos y de libre designación. El objetivo es asegurar una gestión política comprometida y cercana a la ciudadanía. Dicha gestión debe estar dotada de mecanismos eficaces de transparencia en la financiación y la rendición de cuentas, a la par que democráticos y populares. Asimismo, se pretende la creación de espacios reales de participación y decisión de la ciudadanía en los asuntos públicos.
El código plantea diversos compromisos y medidas cuyo objetivo es garantizar que las personas puedan dedicar el tiempo necesario a la gestión política y las funciones públicas. Asimismo, se pretende eliminar los privilegios disfrutados hasta el presente por una parte de la representación política, porque han provocado un alejamiento de la misma con respecto a los intereses de la ciudadanía.
El compromiso de ética política parte de la confianza y la implicación que esta candidatura mantiene con las personas que ocuparán un cargo de responsabilidad pública, además de significar un mecanismo de apoyo, supervisión y control de su tarea.
Asimismo, quienes desempeñen cargos públicos bajo el mandato de este código de ética política se comprometen a impulsar los instrumentos y los mecanismos legales pertinentes para que estos principios se conviertan en una norma de obligatorio cumplimiento en el ámbito municipal.
El presente código aspira a ser flexible, dinámico y conciso. Esta circunstancia obliga a que la candidatura establezca un reglamento que concrete y haga operativos los principios aquí relacionados, pero mientras tanto será efectivo lo aquí establecido. En caso de discrepancia resolverá la Comisión de Garantías.
Los principios de este código ético comprometen a todas las personas de la candidatura que ocupen cargos electos, de libre nombramiento y gerenciales, tanto del Ayuntamiento de Collado Villalba como de las demás instituciones públicas y mixtas donde la corporación tenga participación financiera. Los principios serán de especial observancia en las instancias donde se adopten decisiones.
Todas estas personas se comprometen a defender la aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en los ámbitos sociales, políticos e institucionales de nuestra sociedad.
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Democratización de la representación política, fiscalización y rendición de cuentas
1.1. Defender lo establecido en el programa político de la candidatura y actuar como representantes obligados a seguir las decisiones adoptadas en los mecanismos democráticos y abiertos a la ciudadanía que fije la candidatura, promoviendo la corresponsabilidad política y vinculando sus decisiones a la participación de quienes representan.
1.2. Publicar a priori las agendas, de quienes ocupen cargos políticos o representativos para que sean de dominio público, la relación de personas con las que se reúnen y los temas tratados. Asimismo, se harán públicas las actas de todas las reuniones a las que asistan.
1.3. Facilitar la relación completa de ingresos, bienes y rendimientos patrimoniales de los y las representantes, así como todos aquellos datos necesarios para la detección de posibles conflictos de intereses y la elaboración de auditorías ciudadanas. Este compromiso se extenderá a los cinco años siguientes a su salida de la función pública.
1.4. Hacer públicos los criterios de contratación para quienes desempeñen cargos de libre designación y gerencia.
1.5. Rendir cuentas de sus actuaciones ante la ciudadanía mediante instrumentos presenciales y virtuales, asamblearios, democráticos y abiertos a ámbitos sectoriales o de zona (ciudad, barrio o distrito).
1.6. Aceptar la censura y revocación, en su caso, de quienes ostenten las concejalías y los cargos de libre designación por mala gestión o incumplimiento flagrante e injustificado del programa. A tal fin, se establecerán mecanismos de garantía y evaluación de la gestión de las personas de la candidatura con cargos públicos. La ciudadanía tendrá el derecho y el deber de participar activamente en el control y el seguimiento de la labor de quienes ostenten cargos públicos para garantizar una correcta y honesta aplicación de este principio.
1.7. Una vez terminado el mandato y durante un plazo de cinco años, establecer la renuncia expresa por parte de los cargos públicos a desempeñar cualquier responsabilidad en un puesto de dirección, distinta a la ostentada antes de comenzar su mandato como representante público, en empresas privadas creadas, reguladas, supervisadas por la administración municipal o que hayan sido beneficiarias de un contrato municipal de una cuantía igual o superior a los veinte mil euros dentro del ámbito y/o sector en el que hayan desarrollado su actividad como representantes públicos.
1.8. Mantener un contacto habitual con colectivos en situación de vulnerabilidad, garantizando espacios en sus agendas con el fin de atenderlos y dar respuestas a sus propuestas, teniendo igualmente presente, a la hora de adoptar decisiones, los informes técnicos de las administraciones que trabajan con estos colectivos.
1.9. Apoyar, difundir o participar en las movilizaciones que se celebren en Collado Villalba para la defensa y la reivindicación de los Derechos Humanos, los aspectos recogidos en nuestro programa electoral y los valores incluidos en el punto 2.7.2 de este código: paralización de un desahucio, protestas por las deficiencias en los servicios públicos, contra la violencia machista, en contra de los ERE y en defensa de los trabajadores y trabajadoras, etc. Participar con compromiso en todas estas reivindicaciones por una ciudad donde se trabaje y viva dignamente en coherencia con nuestro programa político.
1.10. Garantizar la participación ciudadana en la toma de decisiones relevantes y en el posicionamiento político de la candidatura sobre temas estratégicos y proyectos de impacto social, ambiental o urbanístico en la ciudad, distritos o barrios, teniendo en cuenta los principios de subsidiariedad y solidaridad. Las personas que ocupen cargos electos y de designación se comprometen a impulsar y apoyar las iniciativas ciudadanas propuestas a través del marco legal vigente o en el ámbito de la candidatura (a escala de barrio, distrito o ciudad).
1.11. Los pactos de especial relevancia, investidura, legislatura o gobierno con otros grupos municipales posteriores a las elecciones municipales serán sometidos a la aprobación democrática por parte de la ciudadanía de Collado Villalba mediante métodos asamblearios de consulta y votación.
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Desprofesionalización de la política, supresión de privilegios y medidas contra la corrupción
Las personas con cargos electos, de gerencia o libre designación se comprometen a representar lealmente a la ciudadanía con sencillez, honradez y transparencia en los puestos para los que hayan sido designados, velando por el buen uso de los bienes públicos y por una gestión de los recursos basada en principios de eficiencia, equidad y eficacia.
2.1. Se exigirá a los cargos electos la renuncia a cualquier privilegio jurídico o material derivado directamente de la condición de representante del Ayuntamiento de Collado Villalba.
2.2. Se exigirá la renuncia a cualquier regalo relevante cuyo destinatario no sea el Ayuntamiento de Collado Villalba y al posible trato de privilegio, tanto en la esfera privada como pública, derivado de la condición de cargo electo del mismo.
2.3. No se duplicarán cargos en las instituciones, salvo aquellos vinculados a su condición de concejal/a.
2.4. El número de cargos que pueda acumular cada representante del Ayuntamiento de Collado Villalba será limitado y se establecerá la obligación de recibir un único salario por el desempeño de los mismos, así como la renuncia a cobrar remuneraciones extras.
2.5. Se establecerá un sueldo bruto mensual máximo de 3 veces el Salario Mínimo Interprofesional vigente.
2.6. El mandato como concejal/a a estará sometido a un proceso de discusión y validación aprobado por una asamblea ciudadana abierta, que se celebrará al menos a los dos años de mandato. Los concejales/as que desempeñen el cargo de alcalde/sa o Teniente de alcalde, rotarán tras dos años de mandato con el puesto de alcalde/ o teniente de alcalde, según corresponda.
2.7. Las/os Concejalas/es dimitirán o cesarán de forma inmediata de cualquier cargo ante la imputación por la judicatura de delitos relacionados con:
Corrupción, prevaricación con ánimo de lucro, tráfico de influencias, enriquecimiento injusto con recursos públicos o privados, cohecho, malversación, apropiación de fondos públicos o los delitos especiales contra la Administración Pública recogidos en el título XIX del Código Penal, bien sea por interés propio o para favorecer a terceras personas. Entendiendo que en el caso de incumplimiento de estos supuestos, seré expulsada/o y, en el caso de ser el alcalde/sa, se propondrá, en cualquier situación, una moción de censura.
Racismo, xenofobia, violencia de género, homofobia, pederastia, maltrato infantil, acoso sexual u otros delitos contra los derechos humanos o los de las personas trabajadoras, ecológicos, urbanísticos y relacionados con el maltrato animal. Del mismo modo, cualquier declaración pública que atente contra los principios enunciados en este punto también será considerada como motivo de cese, siendo la asamblea la responsable de valorar estos principios.
La candidatura reintegrará en sus funciones y cargos, siempre que sea posible, o rehabilitará públicamente a la persona si la imputación fuera desestimada o resultara inocente
2.8. De acuerdo con lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público, se establecerá para la representación política de La Candidatura de Unidad Popular la prohibición de intervenir directa o indirectamente en los procedimientos de contratación y firma de contratos públicos en el Ayuntamiento de Collado Villalba con empresas en las que nuestros/as representantes tengan intereses personales o familiares.
2.9. La representación política de La Candidatura de Unidad Popular renunciará a realizar gastos superfluos de los fondos públicos, se comprometerá a moderar los costes de transporte y alojamiento ajustándose a las dietas e indemnizaciones establecidas para el personal funcionario o laboral. En caso de necesitar indemnizaciones o dietas por razón de desplazamiento, alojamiento o manutención, las mismas no podrán superar las establecidas normativamente para el personal funcionario o laboral. En lo referente a las empresas públicas y organismos asimilados, las cantidades serán las establecidas para el personal de los mismos por los correspondientes convenios colectivos. Los altos cargos de la administración municipal renunciarán a las dietas.
2.10. Las personas titulares de altos cargos renunciarán a la asignación de vehículo oficial de carácter permanente, excepto cuando los cuerpos de seguridad del Estado así lo recomienden por razones de protección personal. En cualquier otro caso, el uso de vehículos oficiales se limitará a los/as funcionarios/as del servicio público, en la forma y condiciones similares a las del resto del personal, y nunca se destinará para un uso privado. En la medida de lo posible, se dará ejemplo de civismo utilizando el transporte público o colectivo, así como vehículos respetuosos con el medio ambiente.
2.11. La representación política de La Candidatura de Unidad Popular se comprometerá a evaluar de forma objetiva el desempeño del personal a su cargo, a combatir cualquier discriminación y perseguir el acoso laboral. Promoverá también la mejora del clima de trabajo, la prevención de riesgos laborales en su ámbito, la mejora de las condiciones de trabajo y el respeto medioambiental.
2.12. La candidatura de La Candidatura de Unidad Popular se compromete a desarrollar mecanismos para la conciliación entre la vida familiar y política, y a facilitar la conciliación entre la vida laboral y la política.
2.13. Para combatir el transfuguismo político en el grupo municipal, La Candidatura de Unidad Popular no admitirá a personas ajenas a su propia candidatura.
Disposiciones adicionales y transitorias
El reglamento que regule el código ético debería incorporar mecanismos para velar por su correcta implementación y especificar los canales de modificación del mismo, entre otros aspectos.
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